A047 Sobre el Calendario de las Revisiones Ministeriales Mutuas de la DFMS y de los Funcionarios del Consejo Ejecutivo
Se resuelve, con la aprobación de la Cámara de Obispos,
Que la 80a Convención General enmiende el Canon I.4.2.j para que diga lo siguiente:
j. Los Directores de la Sociedad Misionera Nacional y Extranjera, los Directores del Consejo Ejecutivo y un comité de seis miembros del Consejo Ejecutivo que no sean directores, deberán participar en una evaluación mutua del ministerio cada dieciocho 24 meses, facilitada por un consultor seleccionado por el Presidente y el Vicepresidente. La revisión ministerial mutua comenzará a mediados del trienio.
Explicación
En 2019, los miembros del Consejo Ejecutivo escucharon un informe sobre la Revisión Mutua del Ministerio de 2018. La recomendación del consultor y de otras personas que participaron en la revisión es que 18 meses es un período demasiado corto entre revisiones para que sea rentable o para que haya suficiente tiempo entre ellas para obtener nueva información. Además, algunos miembros del Consejo Ejecutivo en su primer trienio experimentaron una desconexión al escuchar un informe sobre el trienio anterior.