D066 Abordar las Restricciones en el Acceso a la Atención para la Afirmación de Género
Se resuelve, con la aprobación de la Cámara de Obispos,
Que la 80ª Convención General celebre la diversidad de la experiencia humana, reconociendo que todos estamos hechos a imagen de Dios, y asimismo
Se resuelve, Que la 80ª Convención General haga un llamado a la Iglesia Episcopal para que abogue por el acceso a la atención para la afirmación de género en todas sus formas (social, médica o cualquier otra) y a todas las edades como parte de nuestro llamado bautismal a “respetar la dignidad de todo ser humano”; y asimismo
Se resuelve, Que la 80ª Convención General afirme que todos los episcopales deben poder participar en la atención para la afirmación de género sin restricción de movimiento, autonomía o tiempo; y asimismo
Se resuelve, Que la 80ª Convención General entienda que la protección de la libertad religiosa se extiende a todos los episcopales que puedan necesitar o desear acceder, utilizar, ayudar a otros en la obtención u ofrecer atención para la afirmación de género; y asimismo
Se resuelve, Que esta 80ª Convención General apoye las políticas públicas a nivel local, estatal y nacional en todos nuestros países para apoyar la atención para la afirmación de género.
Explicación
Como Iglesia, celebramos la diversidad y la gloria de Dios que se refleja en cada ser humano. También hemos adoptado el acceso a la atención médica necesaria sin restricciones de género. Ha llegado el momento de unir estos puntos de vista para defender el acceso a la atención médica de nuestros hermanos transgénero y no binarios en Cristo.
También somos una Iglesia guiada por la ciencia y, en este caso, la ciencia es clara. El acceso a la atención para la afirmación de género reduce sustancialmente el índice de suicidios entre los jóvenes transgénero y no binarios (Tordoff et al 2022) y los adultos (Seelman et al 2017). La postura cristiana compasiva es abrazar a nuestros hermanos transgénero y no binarios, abogando por su acceso a todas las necesidades de atención médica.
REFERENCIAS:
Tordoff et al 2022: https://jamanetwork.com/journals/jamanetworkopen/fullarticle/2789423
Seelman et al 2017: https://www.liebertpub.com/doi/full/10.1089/trgh.2016.0024