D083 Abordar la Erosión de los Derechos Reproductivos y la Autonomía
Se resuelve, con la aprobación de la Cámara de Obispos,
Que la 80ª Convención General reconozca que el embarazo y el parto son procesos peligrosos que corren el riesgo de discapacidad permanente y de muerte para quienes dan a luz; y asimismo
Se resuelve, Que la Iglesia Episcopal reafirme que la paternidad “debe ser iniciada solo de manera aconsejada y en pleno acuerdo con este entendimiento del poder de concebir y dar a luz que es otorgado por Dios” (1988-C047); y asimismo;
Se resuelve, Que la Iglesia Episcopal reconozca que el acceso al aborto es un elemento clave para preservar la salud, la independencia y la autonomía de quienes pueden tener hijos; y asimismo
Se resuelve, Que la 80ª Convención General afirme que todos los episcopales deben poder acceder a los servicios de aborto y de control de la natalidad sin ninguna restricción de movimiento, autonomía, tipo o tiempo; y asimismo
Se resuelve, Que la 80ª Convención General entienda que la protección de la libertad religiosa se extiende a todos los episcopales que puedan necesitar o desear acceder, utilizar, ayudar a otros a obtener u ofrecer servicios de aborto.
Explicación
Como Iglesia, hemos mantenido una postura matizada y cuidadosamente considerada sobre el acceso al aborto desde la década de 1960. En el clima político actual, hay una creciente presión política que restringe el acceso al aborto y a otras formas de atención a la salud reproductiva por encima de nuestros propios límites fielmente considerados. En algunos casos, estas restricciones políticas y legales están construidas de forma tan amplia que impiden el acceso a la atención médica necesaria para el aborto espontáneo, el embarazo ectópico (una enfermedad mortal) y la anticoncepción. Esta resolución reafirma y vuelve a enfatizar nuestra postura, y subraya el fundamento religioso de nuestra postura.