D084 Resolución A176 Modificar el Canon III.9, Sec. 8

Se resuelve, con la aprobación de la Cámara de Diputados,

Que el Canon III. 9. Sec. 8 se modifique de la siguiente manera:

<Texto enmendado tal y como aparecería si se adoptara y concurriera. Vea la versión que muestra todo el texto eliminado y añadido debajo de la línea de asteriscos (******).>

Sec. 8

Al cumplir la edad de setenta y cinco años, todo Presbítero deberá renunciar de todo puesto de servicio activo en esta Iglesia y su renuncia será aceptada.

******

<Texto modificado que se propone para la resolución, donde se muestran los cambios exactos que se están haciendo:>

Sec. 8

Al cumplir la edad de setenta y dos años setenta y cinco años, todo Presbítero deberá renunciar de todo puesto de servicio activo en esta Iglesia y su renuncia será aceptada.