D084 Resolución A176 Modificar el Canon III.9, Sec. 8
Se resuelve, con la aprobación de la Cámara de Diputados,
Que el Canon III. 9. Sec. 8 se modifique de la siguiente manera:
<Texto enmendado tal y como aparecería si se adoptara y concurriera. Vea la versión que muestra todo el texto eliminado y añadido debajo de la línea de asteriscos (******).>
Sec. 8
Al cumplir la edad de setenta y cinco años, todo Presbítero deberá renunciar de todo puesto de servicio activo en esta Iglesia y su renuncia será aceptada.
******
<Texto modificado que se propone para la resolución, donde se muestran los cambios exactos que se están haciendo:>
Sec. 8
Al cumplir la edad de setenta y dos años setenta y cinco años, todo Presbítero deberá renunciar de todo puesto de servicio activo en esta Iglesia y su renuncia será aceptada.