A068 Enmendar la Regla Parlamentaria Conjunta V.1

Se resuelve, con la aprobación de la Cámara de Obispos,

Que la 81a Convención General enmiende la Regla Parlamentaria Conjunta V.1 de la siguiente manera:

<Texto enmendado tal y como aparecería si se adoptara y concurriera. Vea la versión que muestra todo el texto eliminado y añadido debajo de la línea de asteriscos (******).>

Regla Parlamentaria Conjunta V.1

1. Habrá un Comité Permanente Conjunto sobre Nominaciones que presentará nominaciones para la elección de:

a. Fideicomisarios del Church Pension Fund que sirven como el Comité Conjunto que se menciona en el Canon I.8.2.

b. Miembros del Consejo Ejecutivo de conformidad con el Canon I.4.1.d.

c. El Secretario de la Cámara de Diputados y el Tesorero de la Convención General de conformidad con los Cánones I.1.1.j y I.1.7.a.

d. La Junta General de Capellanes Examinadores.

e. La Junta Disciplinaria para Obispos.

f. El Tribunal de Revisión.

g. El Comité Nominador Conjunto para la Elección del Obispo Presidente.

 

******
<Texto enmendado que se propone para la resolución, donde se muestran los cambios exactos que se están haciendo:>

Regla Parlamentaria Conjunta V.1

1. Habrá un Comité Permanente Conjunto sobre Nominaciones que presentará nominaciones para la elección de:

a. Fideicomisarios del Church Pension Fund que sirven como el Comité Conjunto que se menciona en el Canon I.8.2.

b. Miembros del Consejo Ejecutivo de conformidad con el Canon I.4.1.d.

c. El Secretario de la Cámara de Diputados y el Tesorero de la Convención General de conformidad con los Cánones I.1.1.j y I.1.7.a.

d. Fideicomisarios del Seminario Teológico General.

e.d. La Junta General de Capellanes Examinadores.

f. e. La Junta Disciplinaria para Obispos.

g. f. El Tribunal de Revisión.

h. g. El Comité Nominador Conjunto para la Elección del Obispo Presidente.