A091 Definición de doctrina

El Canon IV.4.1.h.2 especifica que todos los miembros del clero se abstendrán de “profesar y enseñar pública o privadamente, y de forma advertida, cualquier Doctrina contraria a la profesada por la Iglesia”. Por lo tanto, cualquier adición o enmienda de “los ritos sacramentales, el Ordinal y el Catecismo del Libro de Oración Común” tiene posibles implicaciones disciplinarias para los miembros del clero cuyas creencias ya no se reflejarían en el Libro de Oración Común como se define en el Artículo X de la Constitución de la Iglesia Episcopal. Esta adición garantizaría que ni la modificación del Libro de Oración Común para incluir un servicio matrimonial para el uso de parejas del sexo opuesto o del mismo sexo, ni la alteración de la comprensión del matrimonio presentada en el Catecismo para eliminar la referencia al género colocaría a los miembros del clero que creen que el matrimonio es un pacto entre un hombre y una mujer en violación del Título IV o de sus votos de ordenación.