A108 Propuesta de modificación al Título I, Canon 17

El objetivo del Grupo de Trabajo es simplificar el canon relativo a la membresía en la Iglesia Episcopal.

El Grupo de Trabajo propone un nuevo nivel de membresía denominado Miembro Asociado. Se basa en modelos de la Iglesia Presbiteriana (de EE. UU.) y se utiliza actualmente en algunas parroquias episcopales. El Miembro Asociado reconoce que hay personas que se considerarían miembros que no encajan en la categoría de “Miembro” o de “Comulgante en Buena Posición”. Este cambio propuesto permitiría a las diócesis tener categorías adicionales de miembros según sea necesario.

El Grupo de Trabajo propone modificar nuestro concepto de comulgante en buena posición para eliminar la referencia a haber comulgado tres veces en el año anterior. En la Sección 3 mantenemos que participar activamente en el culto público, a menos que no se pueda por alguna razón, cumple con la intención, que es asegurar que un Miembro forme parte de la vida de la parroquia. Reconocemos que algunas parroquias luchan por encontrar un clero adecuado para proporcionar la Comunión incluso de forma semirregular. Hay miembros activos y fieles de esas parroquias para quienes el canon de “tres comuniones al año” sería un obstáculo.

El Grupo de Trabajo propone cambiar el lenguaje de “Certificado de Membresía” por el más común de “Carta de Transferencia”.

El Grupo de Trabajo aclara que el rito sacramental de la Confirmación no es un requisito para ser miembro, pero puede ser un requisito para ciertos puestos de liderazgo en parroquias, diócesis e Iglesia Episcopal. Este cambio también reconoce la madurez del rito de la Confirmación, y permitiría que los Miembros menores de 16 años, que han hecho el compromiso adulto de la Confirmación, sean considerados Miembros Adultos.

Repercusiones del cambio en las definiciones de membresía

Estos cambios propuestos mantienen todas menos una de las actuales categorías de miembros, al tiempo que reconocen la diversidad de los requisitos diocesanos para el liderazgo y la importancia del contexto local. El Grupo de Trabajo también reconoce y afirma que la Confirmación como requisito para ser miembro queda a discreción de cada diócesis. Independientemente delo que suceda con estos cambios propuestos, animamos a las diócesis y parroquias a trabajar para asegurar que sus cánones y estatutos se ajusten al Canon I.17.

Como escribió el Rvdo. Carlos de la Torre en un Informe ante el Comité sobre el Estado de la Iglesia tras la 80a Convención General:

Si bien se puede argumentar que los cánones ofrecen cierto margen de maniobra para algunas de estas situaciones, las situaciones ya no son una rara excepción a la norma. Los cambios en la iglesia y la cultura, especialmente en un mundo postpandémico, requieren que pensemos creativamente en lo que significa ser un miembro actualmente y en el futuro, activo y comprometido, de la Iglesia Episcopal. La Iglesia no debe limitarse a cambiar nuestras definiciones y concepciones actuales de la condición de miembro porque el mundo que nos rodea esté cambiando, sino porque la Iglesia debe estar en constante evolución.